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MISIÓN
Impulsar y planificar la difusión, evaluación y más actividades
tendientes a garantizar el libre, eficaz ejercicio y goce de los
derechos humanos, establecidos en la Constitución y en las
declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos
internacionales vigentes. VISIÓN
Constituir una
Dirección especializada que diseñe las políticas públicas,
orientadas al cumplimiento de los derechos humanos en el Estado
Ecuatoriano, propuestas, aplicadas y evaluadas por el Ministerio
de Gobierno. OBJETIVOS
Impulsar planes, programas y proyectos, tendientes a difundir
promover y proteger los derechos humanos en el Ecuador.
Representar e impulsar
las propuestas del Ejecutivo en materia de derechos Humanos,
dentro de sus políticas gubernamentales.
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Supervisar el
seguimiento de las denuncias presentadas por violación de
derechos humanos dentro de las dependencias e instituciones
adscritas.
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Representar al
Ministerio en los organismos de Coordinación Interinstitucional
que trabajan a favor de los derechos humanos.
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Capacitar al personal
del Ministerio, sus dependencias e instituciones adscritas en
materia de derechos humanos.
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Posicionar el tema de los Derechos Humanos, dentro de la
gestión del Ministerio de Gobierno.
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Participar
programáticamente en los espacios de coordinación
interinstitucional de derechos humanos.
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Fortalecer
Jurídicamente el espacio de la Dirección Derechos Humanos.
(Acuerdo Ministerial)
-
Definir las áreas
de gestión de la Dirección Derechos Humanos del Ministerio
de Gobierno.
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CREACIÓN
Mediante Acuerdo Ministerial No. 1379-A de agosto 9 del 2000,
se creó la Dirección Nacional de Derechos Humanos, como un
ente coordinador entre el Estado Ecuatoriano y la Sociedad
Civil, en los programas de defensa y protección de los
Derechos Humanos en el país, estableciendo el ámbito de su
competencia y funciones en el Acuerdo Ministerial No. 0005 de
enero 5 del 2001, en observancia a los lineamientos
determinados por la Oficina de la Alta Comisionada para los
Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que
considera que la creación de la DINADHU responde al objetivo
principal de promover la política gubernamental y social
destinada a proteger el cumplimiento de los derechos humanos,
y prevenir las agresiones que afectaren a éstos.
Correspondiéndole además la defensa de los intereses del
Estado y a evitar que éste sea demandado.
El principal sustento jurídico que amparó a la Dirección fue
la actual Constitución de la República del Ecuador, que
asegura como función primordial del Estado, la vigencia de los
derechos fundamentales de hombres y mujeres, respetando y
haciendo respetar los mismos, señalando además que “ todos
sus habitantes sin discriminación alguna, tendrán garantizados
el libre y eficaz ejercicio y goce de los derechos
establecidos en esta constitución, las declaraciones, pactos
convenios y más instrumentos internacionales vigentes,
adoptando para ello planes y programas permanentes y
periódicos, medidas para el efectivo goce de esos derechos “.
Dentro de la reestructura del Ministerio de Gobierno, el área
de Derechos Humanos, pasa a ser un proceso de la Subsecretaría
de Coordinación Política, debiendo... “Planificar la difusión
y evaluación para el efectivo goce de los derechos humanos”.
FUNCIONES Y ACTIVIDADES
Con Decreto Ejecutivo No. 1527 de junio 18 de 1998, se
establece el Plan Nacional de Derechos Humanos para prevenir,
erradicar y sancionar la violación de los derechos humanos del
país, especialmente en lo que se refiere a Derechos Civiles y
Políticos, Derechos Económicos Sociales y Culturales, Derechos
Colectivos ( Pueblos Indígenas, Afroecuatorianos, Derechos
Humanos y Medio Ambiente y Comunicación Social) Derechos
Humanos por Grupo de Población (Familia, Niños, Niñas y
Adolescentes ), Minorías Sexuales, Extranjeros y Migrantes,
Discapacitados, Derecho Detenidos, Seguridad Ciudadana y
Seguridad de los individuos ; así como Política Internacional.
Con Decreto Ejecutivo No. 1466 de noviembre 9 de 1999, se
expide el Reglamento de la Comisión Permanente de Evaluación ,
Seguimiento y Ajuste de los Planes Operativos de Derechos
Humanos del Ecuador, creada en el Art. 1 del mismo, integrada
por diez representantes cinco del Estado y 5 de la sociedad
Civil, con sus respectivos alternos. Los Representantes del
Estado son: Ministerio de Gobierno; Comisión Especializada de
los Derechos Humanos de H. Congreso Nacional; Corte Suprema de
Justicia; Ministerio de Desarrollo Urbano y la Defensoría del
Pueblo.
Funcionarios de Derechos Humanos de este Ministerio han
asistido las reuniones de esta Comisión, en las que se han
elaborado Planes Operativos de Derechos Humanos para el
período 2003 – 2006, en las áreas de Consumidores, Diversidad
Sexual, Migrantes, Extranjeros, Refugiados, Desplazados y
Apartidas; Personas de Tercera Edad, Pueblo Negro o
Afroecuatoriano.
Se ha realizado seguimiento y evaluaciones de las
Subcomisiones Provinciales de Derechos Humanos y está por
elegirse la nueva Directiva.
Referente al Plan Nacional de Derechos Humanos, el Ministerio
de Gobierno, debe comprometerse en proceso de Reformas legales
del Decreto Ejecutivo de creación y funcionamiento la Comisión
de Seguimiento al Plan Nacional de Derechos Humanos,
propendiendo a garantizar la autonomía administrativa y
financiera de este organismo , con el objeto de fortalecer la
ejecución de diversos proyectos legales , administrativos y
económicos que viabilicen el cumplimiento de los derechos
humanos de los diferentes grupos vulnerables que se encuentran
determinados en el Plan de Derechos Humanos; consiguiendo con
esto que se institucionalice políticas públicas a favor del
Estado, con la colaboración de los Gobiernos Locales,
constituyendo esto en una mejores experiencias de América
Latina.
Con Decreto No. 3493 de diciembre 12 del 2002, se establece la
Comisión de Coordinación Pública para los derechos Humanos,
como un “ mecanismo de coordinación para asuntos de derechos
humanos que competen al Estado Ecuatoriano y para la atención
de compromisos del Ecuador con los Comités y órganos creados
en virtud de instrumentos nacionales y derechos humanos “ .
Forman parte de esta Comisión a “título de miembros
permanentes, los ministros de Relaciones Exteriores; Gobierno
y Policía; Economía y Finanzas; Bienestar Social; Trabajo y
Recursos Humanos; Educación; Cultura Deportes y Recreación; y
Salud Pública.
Al igual que a las reuniones del Plan Nacional de Derechos
Humanos, una funcionaria de esta área se encuentra asistiendo
a las reuniones de la mentada Comisión, que actualmente conoce
el Caso Sarayaku y por el que concurrió en conjunto con los
demás miembros a la Audiencia de Testigos solicitada por el
Estado Ecuatoriano a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, con sede en Washington.
Derechos Humanos conoce y tramita todas las denuncias que por
violación de los derechos fundamentales, presentan personas
naturales y ONG especializadas en esta materia.
Conoce y tramita los Llamamientos Urgentes que la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de
Derechos Humanos, hace al Estado Ecuatoriano, por denuncias de
violación a derechos humanos.
Realiza Veedurías en entidades adscritas al Ministerio en
casos de violación a derechos Humanos.
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